A/61/L.67
Enviado por Mario Ernesto el Febrero 8, 2008 - 07:25.
Querid@s todos aqui les adjunto este Doc oficial de las NU sobre lo que es y debe ser la Ley Indigena Cortesia de Marcos Ancaten region Puerto Montt
A/61/L.67
Artículo 1
Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute
pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales reconocidos por
la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos3 y
la normativa internacional de los derechos humanos.
Artículo 2
Los pueblos y las personas indígenas son libres e iguales a todos los demás
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